Es decir, que en elecciones nacionales, como la escogencia del Presidente de la República, no están incluidos, según lo establecido en la Carta Magna
De acuerdo con el artículo 64 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, los extranjeros con más de 10 años de residencia en el país, una vez que haya cumplido los 18 años de edad, tienen el derecho a sufragar en elecciones parroquiales, municipales y estadales, siempre que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.
Es decir, que en elecciones nacionales, como la escogencia del Presidente de la República, no están incluidos, según lo establecido en la Carta Magna. Por ello, las elecciones de este 20 de mayo solo votarán para los consejos legislativos estadales.
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