domingo, 27 de octubre de 2019

LA MUJER VENEZOLANA EJERCIO SU DERECHO AL VOTO PROPRIMERA VEZ HACE 73 AÑOS


Derechos Políticos de las Mujeres Voto en Venezuela


El 27 de octubre de 1946, las mujeres en Venezuela ejercen por primera vez en la historia su derecho a votar y ser elegidas para los cargos públicos de elección popular. Votaron y fueron elegidas constituyentistas: Alicia Contreras, Analuisa Llovera, Ángela Parra de Montenegro, Carmen Gracián de Malpica, Catalina de Romero, Cecilia Núñez Sucre, Isabel Hermoso, Isaura Saavedra, Josefina de Pérez, Mercedes Carvajal de Arocha (Lucila Palacios), Mercedes Fermín y Silva Yaraure para la Asamblea Nacional Constituyente de 1946. 

La nueva Constitución es aprobada el 5 de julio de 1947, donde se le da rango constitucional al voto femenino.

El 14 de diciembre de 1947, las mujeres venezolanas votan por primera vez en una elección presidencial.
El 8 de mayo de 1944 con el nuevo periodo de sesión de las Cámaras Legislativas, el Comité Pro Sufragio Femenino de Venezuela, toma las calles de Caracas para exigir sus derechos. Jóvito Villalba, senador independiente para la época, toma la palabra en el Congreso Nacional para apoyar la reforma constitucional a favor del sufragio femenino.

El movimiento iniciado por Ada Pérez Guevara, Ana Sénior, Argelia Laya, Carmen Clemente Travieso, Eumelia Hernández, Olga Luzardo, Panchita Soublette Saluzzo, entre otras, y también la Agrupación Cultural Femenina y la Asociación Venezolana de Mujeres, logran su cometido y el voto femenino en Venezuela se implementa en el Estatuto Electoral de 1945.

El 15 de marzo de 1946, la Junta Revolucionaria de Gobierno de 1945, mediante el Decreto Nro. 217, Artículo 1, concede el Derecho del Sufragio Universal para todos los venezolanos mayores de 18 años, sin discriminación por razones sociales, culturales o de sexo, que ya estaban consagradas en el Estatuto Electoral de 1945. Esto permitió a las mujeres venezolanas votar y ser elegidas para la Asamblea Nacional Constituyente de octubre de 1946.

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