viernes, 18 de octubre de 2019

SE CUMPLEN 74 AÑOS DEL DERROCAMIENTO DEL PRESIDENTE ISAIAS MEDINA ANGARITA POR LA CONSPIRACION DE LOS MILITARES Y EL PARTIDO ACCION DEMOCRATICA



El 18 de Octubre de 1945
El golpe contra Medina Angarita se fraguó en las filas del Ejército. Un grupo de oficiales jóvenes, dirigidos por los Mayores Mario Vargas, Marcos Pérez Jiménez y Carlos Delgado Chalbaud, venían conspirando para derrocar al gobierno y dentro del mayor secreto se decidieron a dar el golpe contra Medina. En las últimas semanas hicieron contacto con Rómulo Bentacourt, Raúl Leoni, Luis Beltrán Prieto Figueroa y Gonzalo Barrios, dirigentes de Acción Democrática, que se comprometieron también en la conspiración, con lo cual los Militares se aseguraron el respaldo popular del único partido que mantenía oposición decidida al gobierno. Varios factores contribuyeron a favorecer la conspiración de los Militares contra Medina. En primer término, la pelea política entre medinistas y lopecistas que dividió al gobierno y le impidió siquiera sospechar la conspiración en marcha. En segundo lugar, el distanciamiento entre los altos mandos en manos de los viejos Generales y las nuevas promociones de oficiales de escuela, michos de ellos formados en academias del exterior, que querían llevar a cabo reformas en el Ejército e imprimirle una orientación y modernización acorde con los tiempos.
El golpe militar contra Medina se inició al mediodía del 18 de octubre con la sublevación de la Escuela Militar y el Cuartel San Carlos de Caracas y la guarnición de Maracay. El gobierno sorprendido por la conspiración intentó resistir con algunos cuerpos de tropas y fuerzas policiales leales a Medina. Pero pronto se hizo evidente el control de la situación por los revolucionarios. El gobierno estaba perdido y Medina entregó el mando.
LA CAIDA DE MEDINA ANGARITA
En el orden político, Medina Angarita mantuvo el sistema electoral indirecto para la elección del Presidente de la República. Y continuó la práctica caudillista de proponer su candidato para la Presidencia. Estos hechos, que constituyeron un error evidente del medinismo, pasaron a constituir la bandera principal de la oposición encabezada por Acción Democrática.
El sistema electoral venezolano, no había cambiado prácticamente desde 1830. Las Asambleas Legislativas de los Estados nombraban a los Senadores, escogiéndolos según las órdenes impartidas por el gobierno nacional. Asímismo, los Consejos Municipales designaban a los Diputados al Congreso. Senadores y Diputados, reunidos en Congreso, nombraban al Presidente de la República. Era un sistema electoral indirecto dentro del cual el gran elector no era el pueblo, sino el jefe del Ejecutivo nacional que Controlaba la mayoría del Congreso. Se mantenía, pues, la vieja forma oligárquica instaurada desde los días de Páez y que se había expresado siempre en el ascenso a 1a Presidencia de los candidatos propuestos por el Presidente de turno. En las condiciones políticas de la Venezuela de 1945, a diez años de la muerte del Dictador Juan Vicente Gómez, la sucesión presidencial no podía seguir planteándose como una cuestión entre caudillos. Ahora había que decidirla entre partidos políticos nacionales, que enarbolaban con toda su fuerza la bandera del voto directo, universal y secreto en oposición a un juego político que los relegaba a elecciones de segundo grado, en desventaja frente a los mecanismos de que disponía el gobierno para mantener el control del Congreso. Esta circunstancia, además, estimulaba la impaciencia de importantes sectores políticos que veían perpetuase un, sistema electoral en que se hacían remotas las posibilidades de los partidos de oposición para llegar al poder.
Al acercarse las elecciones para el período presidencial 1946-1951, la situación política hizo crisis. El régimen de Medina Angarita, que venía distanciándose de López Contreras y sus seguidores, terminó por dividirse en dos corrientes, representada a su vez por dos partidos: El PDV, encabezado por el presidente Medina Angarita, que lanzó como candidato a la Presidencia al Dr. Angel Biaggini, Ministro de Agricultura y Cría; y la agrupación Pro-Candidatura Presidencial, formada por los Lopecistas y en general por la Derecha Reaccionaria, que lanzó la Candidatura del expresidente General López Contera.
Frente a esta situación de pugna en las filas del Gobierno y la inminente división del Congreso en torno a las dos candidaturas, el partido Acción Democrática propuso formar un gobierno provisional encabezado por un presidente escogido fuera de los partidos que se comprometiera en un plazo breve a reformar la Constitución para establecer el voto directo, universal y directo para la elección presidencial. Esta proposición fue rechazada por el partido de Gobierno. Era la víspera del Golpe Militar del 18 de Octubre que derrocó al Presidente Medina Angarita.
EL GOBIERNO DEL GENERAL MEDINA ANGARITA
El General Isaías Medina Angarita, Ministro de Guerra y Marina y Candidato Presidencial de López Contreras, fue electo Presidente de la República por el Congreso Nacional, para el período 1941-1946. Su gobierno coincidió en gran parte con los años de la Segunda Guerra Mundial, y esta circunstancia vino a resultar decisiva para su orientación política, tanto en el orden interno como en el internacional. En efecto, la guerra alineó a los países democráticos del mundo capitalista y a la Unión Soviética, frente a las potencias del Eje naci-fascista formado por Alemania, Italia y Japón. El gobierno de Medina se colocó en el bando antifascista: en 1941 rompió relaciones diplomáticas y comerciales con las potencias del Eje; en 1944 les declaró la guerras y firmó la Carta de las Naciones Unidas, y en 1945 estableció relaciones, diplomáticas con la Unión Soviética.
Durante su gobierno, Medina Angarita se distanció de López Contreras y rompió; con los restos del gomecismo que sobrevivían en el gobierno. Dio a su régimen una orientación democrática dirigida al fortalecimiento de las instituciones y a la realización de reformas en los aspectos más importantes de la vida nacional. Medina fue un gobernante civilista y democrático qué dio pasos positivos para restaurar al pueblo sus derechos ciudadanos. Su acción de gobierno se encaminó desde el comienzo a garantizar las libertades públicas. Desde 1941 legalizó al partido Acción Democrática, que pasó rápidamente a ser el principal partido nacional de oposición. Permitió la actuación de los comunistas a través de partidos como Unión Popular, que reunió en su seno a militantes revolucionarios inhabilitados por disposiciones constitucionales heredadas del gomecismo. Propició la reforma de la Constitución y la derogación del inciso VI del artículo 32 y legalizó al Partido Comunista en 1944.
Para dar mayor consistencia y respaldo a su política, Medina Angarita, al igual que su predecesor López Contreras, promovió la organización de un partido político que apoyara su gobierno. De esa manera surgió el Partido Democrático Venezolano (PDV), originalmente denominado Partidarios de la Política del Gobierno (PPG). El PDV fue un partido amorfo, constituido en su mayoría por el sector oficialista, pero al cual integraron también sectores de la burguesía y numerosos intelectuales y políticos honestos, interesados en la consolidación de un sistema democrático.
En las elecciones municipales de 1944, el PDV dio pruebas de su amplitud democrática al aceptar alianza electoral con los comunistas. Esto dio motivo para que los lopecistas se separaran del PDV y fueran a formar la Agrupación Pro-Candidatura Presidencial del General López Contreras, con miras a las elecciones nacionales de 1946.
LA OBRA DE GOBIERNO DE MEDINA ANGARITA
En sus cuatro años de gobierno Medina Angarita llevó a cabo importantes reformas en el orden económico y administrativo. Instituyó el Seguro Social Obligatorio; promulgó la Ley de Impuesto sobre la Renta y emprendió la construcción de importantes obras de urbanización en Caracas y en varias poblaciones del interior. Pero su obra de mayor relieve y transcendencia fue sin duda la Reforma Petrolera de 1943.
Por medio de esta Reforma el gobierno de Medina Angarita se proponía lograr una "más justa participación del Estado en la explotación del petróleo"; que la refinación de nuestro petróleo se hiciera principalmente en Venezuela; y que la industria petrolera fuera una fuente segura de trabajo para los venezolanos.
En 1943 habían condiciones favorables para llevar a cabo esta reforma. Los sectores populares venían pidiéndola como una medida inaplazable para detener la explotación desmedida de nuestro principal recurso por parte de las compañías extranjeras que al amparo de una legislación complaciente obtenían las mayores ventajas mientras Venezuela recibía una mísera participación. Las grandes mayorías nacionales estaban, pues, a favor de que se reformara la legislación de hidrocarburos.
En segundo término, eran aquellos los años de la Segunda Guerra Mundial, cuya maquinaria se movía con derivados del petróleo. Los aliados estaban interesados en que no se interrumpiera la Producción petrolera venezolana que alimentaba en gran medida su maquinaria, en la lucha contra el fascismo.
Por último, las empresas petroleras estaban interesadas en obtener nuevas concesiones que les permitieran asegurar la futura expansión de la industria. Precisamente este aspecto de las concesiones ha sido el más criticado de la reforma petrolera del 43, pues por ella el gobierno otorgó nuevas concesiones por cuarenta años (hasta 1983), con lo cual elevó la superficie en manos de las compañías de 4.700.000 hectáreas en 1943, a 11.800.000 en 1945.
La Reforma Petrolera del 43 permitió unificar el régimen jurídico de las concesiones que se venían rigiendo por diferentes leyes; y unificar también el régimen impositivo, haciendo que las empresas petroleras pagaran en lo adelante, los mismos impuestos. De esta manera las compañías quedaron sujetas al pago de los impuestos de importación y se eliminaron las exoneraciones aduanales, quedando esta materia de exoneraciones a cargo del Ejecutivo Nacional. Las petroleras, además, debieron pagar el Impuesto Sobre la Renta, lo que vino a significar un ingreso adicional importantísimo para el erario.
De igual manera, el Ejecutivo quedó facultado para fijar el porcentaje de petróleo procedente de las nuevas concesiones que las empresas debían refinar en el país.
Mediante la reforma del 43 se produjo un alza considerable de los impuestos, y consiguientemente, del ingreso petrolera. El royalty o regalía petrolera se estableció en un 16,33%, es decir, la sexta parte del producto bruto extraído, lo que significaba un aumento sobre las regalías en vigencia que oscilaban entre 7,5% y 16%. También fueron elevados los impuestos superficial, de exploración y de explotación. El resultado de esta reforma, en cuanto a los ingresos del fisco, puede apreciarse al comparar los 62.000.000 de bolívares percibidos por la nación en 1942, con 78.000.000 en 1943 y 254.000.000 en 1944.
ACTA CONSTITUTIVA DE LA JUNTA
Hoy, 19 de octubre de 1945, a las 8 p.m., se reunieron en el Despacho Presidencial del Palacio de Miraflores de Caracas, los ciudadanos Mayor Julio César Vargas, Mayor Carlos Delgado Chalbaud, Mayor Celestino Velazco, Capitán Mario R. Vargas, Teniente Horacio López Conde, Alférez de Navío Luis J. Ramírez, Rómulo Betancourt, doctor Raúl Leoni, doctor Gonzalo Barrios, doctor Luis B. Prieto F., doctor Leonardo Ruiz Pineda, Luis Troconis Guerrero, doctor Eligio Anzola Anzola y doctor Edmundo Fernández; los oficiales militares y navales citados en representación del Comité Militar que ejecutó la Revolución; y los siete siguientes en representación del Partido Acción Democrática que cooperó en la revolución y el último citado como colaborador aficaz de ese movimiento y elemento de enlace entre el Ejército del Pueblo y el Partido del Pueblo, con la finalidad de constituir la Junta Revolucionaria de Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela.
Examinada la situación política, creada a la República como consecuencia de la revolución, oídos los informes hechos por el Mayor Julio César Vargas a nombre del Comité Militar y por Rómulo Betancourt a nombre de Acción Democrática, se acordó:
1º. Constituir una Junta Revolucionaria de Gobierno integrada por siete miembros, los cuales constituirá el Poder Ejecutivo de la Nación;
2º. Que esa Junta dure en el ejercicio del Poder Ejecutivo el tiempo necesario para convocar a elecciones generales, elección del Presidente de la República por sufragio universal, directo y secreto, realizar esas elecciones y llevar a cabo cuanto sea necesario a reformar la Constitución Nacional, de acuerdo con la voluntad del Pueblo;
3º. Que la Junta Revolucionaria de Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela esté formada por los ciudadanos Rómulo Betancourt, como Presidente, doctor Luis B. Prieto F., Mayor Carlos Delgado Chalbaud, doctor Raúl Leoni, doctor Gonzalo Barrios, Capitán Mario R. Vargas y doctor Edmundo Fernández.
En consecuencia, en este mismo acto se declara constituida la Junta Revolucionaria de Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela y asume inmediatamente el Poder Ejecutivo de la República.
Y sus miembros mediante acuerdo aprobado por unanimidad, resuelven mantener la continuidad administrativa del país, mediante fórmula que se llevará a la práctica después de nueva discusión de Consejo.
En fe de la cual firman:
(L.S.)
Luis B. Prieto F.
Carlos Delgado Chalbaud
Raúl Leoni
Edmundo Fernández
Horacio López Conde
Eligio Anzola Anzola
Luis J. Ramírez
Rómulo Betancourt
Julio César Vargas
Gonzalo Barrios
Mario R. Vargas
Celestino Velazco
Leonardo Ruiz Pineda
Luis Troconis Guerrero
G.O. Nº: 21.841

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