VENEZUELA SE UNE AL DIA MUNDIAL
CONTRA EL ABUSO DE NIÑOS Y NIÑAS
Cada 19 de noviembre se conmemora el Día mundial para la
prevención del abuso contra los niños y las niñas. Los abusos y la explotación
a los niños, niñas y adolescentes son un problema alarmante que no distingue
país, raza, cultura o condición social, por tal motivo se ha hecho cada vez más
indispensable pronunciarse frente a este tema y tomar las medidas que sean
necesarias a nivel familiar, local, nacional o internacional.
En América Latina no menos de 6 millones de niños, niñas y
adolescentes son objeto de agresiones severas y 80 mil mueren cada año por la
violencia que se presenta en el interior de la familia (Fuente UNICEF).
Teniendo en cuenta que los Gobiernos y las organizaciones de
la sociedad civil deben jugar un papel importante en la promoción y el respeto
del derecho infantil, tal y como son enunciados, específicamente en la
Convención sobre los Derechos del Niño, artículos 19 y 34 y en el caso de
Venezuela la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes,
con el fin de contribuir a la protección infantil contra los abusos, la Fundación Cumbre Mundial De La Mujer lanzó en
el año 2000 “El Día Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños”.
Este día, destinado a ser conmemorado cada 19 de noviembre
en sinergia con el Día de los Derechos del Niño (20 de noviembre), tiene por
objetivo el crear un punto de reunión, destinado a poner en evidencia la
problemática de los abusos, así como la necesidad de intervenir y promover
urgentemente el desarrollo y la difusión de programas de prevención del
maltrato hacia los menores.
En Venezuela se han desarrollado varias campañas para
incentivar a la comunidad a luchar contra las formas de maltrato, ofreciendo
material de apoyo y charlas en diferentes zonas del país. Aún hay mucho por hacer para garantizar que
los niños, niñas y adolescentes sean protegidos de toda forma de violencia. Es
un compromiso proteger a los niños y a
las niñas de cualquier forma de abuso, abandono, explotación, violencia y
discriminación, y trabajar de forma articulada con todos los actores corresponsables
en esta meta.
Entre los principales lineamientos para la prevención del
maltrato de niños debemos considerar que
Los niños son “todos los seres humanos menores de 18 años”, según el Artículo 1
de la Convención de los Derechos del Niño (1990), suscrita por casi todos los
países del mundo, incluida Venezuela. Además es necesario advertir que “Nadie
tiene derecho a agredir a los niños, de ninguna forma, aún después de cometer
faltas, ya que los castigos en sus diferentes formas, humillan a quienes los
reciben y además, les enseña a ser violentos como niños y cuando sean adultos,
cerrando así un círculo vicioso permanente”.
La crianza de los niños debe orientarse a la seguridad y
autoestima, como un mecanismo básico de su desarrollo. En consecuencia, “La
negligencia, el maltrato psicológico, el físico, el maltrato sexual y todas las
demás formas conocidas de maltrato, incluido el acoso escolar (“bullying”),
dejan huellas indelebles en la personalidad y autoestima de los niños
agredidos”.
Es indispensable creerles a los niños cuando informan que
han sido maltratados. Y finalmente, es preciso que se sepa que “Las leyes
vigentes incluyen sanciones, no solo para los maltratadores, sino para quienes,
debiendo informar, no lo hagan oportunamente”.
Tal y como la definición indica, el Maltrato Infantil puede
ejercerse tanto por acción como por omisión. En función de estos parámetros se
definen cuatro modalidades básicas de maltrato: Maltrato físico: nos referimos
a cualquier acto no accidental que provoque lesiones físicas al niño,
enfermedades o riesgo de padecerlas. Negligencia: no atender las necesidades del
niño, así como incumplimiento de los deberes de guarda, cuidado y protección.
Maltrato emocional: todas aquellas acciones, generalmente de
tipo verbal o actitudinal que provoquen o puedan provocar en el niño daños
psicológicos. Abuso Sexual, que incluye
tanto conductas de carácter físico, como puede ser la violación, el incesto o
la prostitución de niños, niñas y adolescentes, como otras conductas sin
contacto físico, como puede ser la pornografía infantil o el exhibicionismo
ante niños. Todos estos aspectos resultan extensivos al resto de modalidades de
maltrato.
También cabe hacer referencia a las modalidades de maltrato
en función de los autores, de manera que podemos hablar de Maltrato Familiar, cuando
es ejercido por un miembro de la misma familia. Extrafamiliar: ejercido por
alguien ajeno a la familia. Institucional: cuando las instituciones no
garantizan una atención adecuada al niño, y Social, cuando se dan cita un
conjunto de factores de carácter social y contextual que impiden garantizar la
protección y atención al niño.
En cualquier caso el maltrato influye directamente y de
forma negativa en el desarrollo correcto y pleno de los niños y provoca
consecuencias inmediatas y a medio y largo plazo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario