miércoles, 21 de diciembre de 2016

PRIMERA CONSTITUCION DE VENEZUELA Y AMERICA LATINA

PRIMERA  CONSTITUCION  DE

VENEZUELA Y AMERICA LATINA

La Primera Constitución de Venezuela, representa la Primera Constitución de América Latina y fue promulgada por el Trujillano Doctor Cristóbal Mendoza, quien fue el Primer Presidente Constitucional de Venezuela y  fue sancionada por el Congreso Constituyente el 21 de Diciembre de 1811, en la ciudad de Caracas.
Entre los principales redactores de dicha constitución se encontraban el Trujillano Doctor y Coronel Antonio Nicolás Briceño  “El Diablo” y el Cubano Francisco Javier Yanes. Cabe recordar, que dicha constitución fue derogada el 21 de Julio de 1812, por la Capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo, es decir, tuvo una vigencia de siete meses.
Esta constitución fue aprobada por los representantes de las Provincias de Margarita, Mérida, Cumaná, Barinas, Barcelona, Trujillo y Caracas que firmaron el Acta de Independencia de Venezuela, el 5 de Julio de 1811.
La Constitución era de corte federalista, en ella se reconocía a la Iglesia Católica Apostólica y Romana como la religión oficial del Estado Venezolano; la elección era de tipo indirecta o de segundo grado, sólo los hombres que tuviesen propiedades podían elegir a un representante por cada 20.000 habitantes quienes a su vez elegirían los representantes de la Cámara de Diputados y Senadores además de los tres encargados del Poder Ejecutivo.
Fueron aprobados los 228 artículos, pero destaca las reservas que generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y el resto del tren ejecutivo. Este artículo decía que “No habrá fuero alguno personal: sólo la naturaleza de las materias determinará los Magistrados a que pertenezca su conocimiento; y los empleados de cualquier ramo, en los casos que ocurren sobre asuntos que no fueran propios de su profesión y carrera, se sujetarán al juicio de los Magistrados y Tribunales ordinarios, como los demás ciudadanos”.
Entre los rasgos fundamentales de la Constitución de 1811, tenemos:
1) Establece como forma de Estado la Federación, a la cual llama Confederación, lo cual era común en aquella época, existiendo todavía un ejemplo de ello en Suiza, que siendo un Estado Federal se denomina aun hoy Confederación Suiza. La escogencia del sistema federal fue común a muchos de los nuevos Estados americanos: Argentina, Brasil, Federación Centroamericana, México.
2) Acoge la separación de poderes con un Poder Legislativo bicameral: Cámara de Representantes y Cámara del Senado, como es característica del Estado Federal, pero en el sistema de 1811 las provincias no tienen en el Senado igual representación, sino que se eligen, como los representantes, a partir de la población de cada una, pero con una base mayor que la que sirve para elegir éstos, por lo cual la Cámara del Senado es menos numerosa que la de Representantes.
3) El Poder Ejecutivo es colectivo, ejercido por tres personas, única vez en la historia venezolana, en que se establece esta forma de organización.
4) El sistema electoral es censitario, esto es, establece limitaciones tanto del derecho a elegir como a ser elegido según condiciones económicas.
5) Hace declaración solemne de los derechos del hombre, resumiéndolos en los de libertad, igualdad, propiedad y seguridad; acoge así lo que se ha venido a llamar después la doctrina o ideología del Estado Democrático


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